Victor Moreno
Ya no es necesario recurrir a la técnica del esperpento de Valle Inclán para dar cuenta de lo que ocurre. Los hechos vienen a nuestro encuentro sin necesidad de solicitarlos. Lo hacen de forma tan grotesca que solo nos queda actuar como los tomógrafos, pero con material palabrático. Escribir para cortar la realidad en pedacitos y comprobar si en su interior se registra vida inteligente o, por el contrario, rasgos de una imbecilidad cada vez más inquietantes.
De Koldobika a Hazia
No es ninguna novedad. Desgraciadamente. El comportamiento de algunos jueces de la judicatura actual demuestra que el franquismo no se ha ido de las instituciones. En realidad, nunca se fue. Del mismo modo, bufetes de abogados anteponen sus creencias religiosas al Derecho. Parece que su propósito, al hacerse abogados, lo fue para defender la fe en Cristo y los mandamientos de la Iglesia Católica. Como quiera que estos mandamientos son el humus inspirador del programa político de la derecha, sus actuaciones como jueces más se parecen a la de servidores del Catecismo que al Estado de Derecho vigente,
Así, por ejemplo, la noticia de que una jueza de Vitoria haya prohibido a unos padres poner de nombre Hazia a su hija parece una anécdota rescatada de la época más dura del franquismo.
En 1938, en plena guerra civil, una Orden del 18 de mayo, firmada por el entonces ministro de justicia, Domínguez de Arévalo, conde de Rodezno, prohibía que en Vascongadas y en Cataluña y en el resto de España se pusieran nombres a los hijos que no estuvieran en el santoral romano.
El citado ministro golpista derogó la ley de 1919, por cuanto, según su opinión, la República, “en lugar de usar nombres que individualizaran a la persona”, convirtió “tales palabras en nombres que expresan conceptos generales” y “presentaban la ideología de un gobierno”. Ya sabéis: Progreso y Libertad, entre otros.
Rodezno consideró que con la República el extravío de esa orden de 1919 adquirió tal grado de libertinaje que “se admitieron como nombres de personas palabras que expresaban conceptos tendenciosos, que decían encarnados en su régimen como Libertad o Democracia, o nombres de las personas que había intervenido en la revolución ruso- judía, a la que la fenecida la república tomaba como modelo y arquetipo”.
El decreto calificaba de atentado terrorista lo que “ocurre en las Vascongadas, por ejemplo, con los nombres de Iñaki, Kepa, Koldobika y otros que denuncian indiscutible significado separatista”. Solo aceptaba una salvedad, a saber, que
“hay nombres que solo en vascuence o en catalán o en otra lengua tienen expresiones genuinas y adecuadas como Aránzazu, Iciar, Monserrat, Begoña, etc., y que pueden y deben admitirse como nombres netamente españoles y en nada reñidos con el amor a la Patria Única que es España”.
La conclusión era la esperada: “en la España de Franco no puede tolerarse agresiones contra la unidad de su idioma, ni la intromisión de nombres que pugnan con su nueva constitución. Es preciso, por lo tanto, volver al sentido tradicional en la imposición de nombres a los recién nacidos con las oportunas variantes”. En consecuencia, “quedaba terminantemente prohibido inscribir a los recién nacidos con nombres abstractos, tendenciosos o cualquiera otro que no fueran los contenidos en el Santoral Romano para los católicos”.
¿Imagináis qué hubiera hecho el conde, caso de haberse enfrentado con el nombre de Hazia, Hodei o Haizea si ya el nombre de Kepa e Iñaki le producía hernias en las tripas? Os ahorro el esfuerzo. Una anécdota fechada en 1941, contada por Diario de Navarra, decía que un niño de diez años apareció por el pueblo de Lerín sin que nadie supiera de dónde venía y a dónde se dirigía. Las autoridades locales llevaron el niño a la iglesia, donde el párroco, Manuel Arcaya, le preguntó cómo se llamaba. Respondió que “Progreso”. Al escuchar dicho nombre, dedujeron que, con ese nombre, el niño no podía estar bautizado, pues con toda seguridad era “hijo de republicano, ateo y masón”. Algo imperdonable en la España de Franco. Así que no se lo pensaron más. Lo bautizaron con el nombre del santo del día y asunto concluido.
En la España de Franco no se podía permitir nombres que se asociaran con la II República. Y ya no digamos con el separatismo vasco y catalán. Y poner el nombre de Koldobika era el signo más subversivo de independencia.
¿Lo mismo que Hazia en la actual democracia? Pues parece que, para algunos jueces, sí. Y no se entiende. Porque, después de saber lo que pasó con la ley de Rodezno, es incomprensible que el sistema actual siga soportando comportamientos fascistas de esta naturaleza.
Como Rodezno, hay jueces que siguen sin entender en qué consiste el ejercicio de la libertad individual, un derecho garantizado por la Constitución a la que dicen defender. Si unos padres no pueden poner por propia voluntad el nombre que deseen a sus hijos, ya me dirán, entonces, qué libertad está dispuesto el sistema judicial actual a garantizar. Sea cual sea, mejor que será que se la guarden para sí mismos. En cuanto la aplican a nuestra conducta, nos hacen menos libres.